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Sección Técnica Nocturna

Reglamento Interno

Aprobado en Consejo de Profesores el día 05 de marzo de 2020 y ratificado por el Comité de Evaluación el 10 de marzo del 2020.

Las disposiciones contenidas en el presente reglamento son de aplicación general y obligatoria para la Comunidad Estudiantil del CTP Santa Rosa. Constituyen un complemento del Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes, Decreto Ejecutivo N° 40862 – MEP, puesto en vigencia por el Ministerio de Educación Pública a partir del 28 de febrero de 2019.

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CAPITULO V: DE LA SECCIÓN TÉCNICA NOCTURNA

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Artículo Décimo cuarto: Requisitos de matrícula.

Toda persona que desee ingresar a la Sección Técnica Nocturna del C.T.P. Santa Rosa, debe cumplir con los requisitos de matrícula que a continuación se desglosan:

a. Décimo año deben presentar (primer ingreso):

  • Original y fotocopia de la cédula de identidad.

  • Original y fotocopia del título de Bachillerato y/o certificación de conclusión de estudio de la Educación Diversificada y/o certificación de estar matriculado en bachillerato por madurez.

  • Una foto tamaño pasaporte, reciente.

  • Copia del documento de Póliza Estudiantil.

  • Completar el Formulario de Matrícula.

  • Adquirir el Cuaderno de Comunicación, que incluye el reglamento interno institucional, protocolos y servicios de interés para la comunidad estudiantil.

  • Completar y firmar el Compromiso de Matrícula, de aceptación de las Normas de Disciplina Institucionales.

b. Los niveles undécimo y duodécimo deberán ratificar su matrícula en las fechas previamente establecidas por el centro educativo.

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Artículo Décimo quinto: Traslados.

En caso de proceder de otra Institución, el estudiante debe presentar:

  • Certificación de notas de la institución de procedencia, consignando las calificaciones de cada subárea en los rubros vigente en el Reglamento de Evaluación; por ejemplo, Trabajo Cotidiano, Tareas, Asistencia, Pruebas y Proyecto. 

  • Presentar una Certificación de Conducta en la que conste que no tiene Procesos Disciplinarios ni Acciones Correctivas pendientes o inconclusas.

  • Una foto tamaño pasaporte, reciente.

  • Copia del documento de Póliza Estudiantil.

  • Completar el Formulario de Matrícula.

  • Adquirir el Cuaderno de Comunicación, que incluye el reglamento interno institucional, protocolos y servicios de interés para la comunidad estudiantil.

  • Completar y firmar el Compromiso de Matrícula, de aceptación de las Normas de Disciplina Institucionales.

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Artículo Décimo sexto: De las condiciones de matrícula.

a. El trámite de matrícula o traslado de un estudiante lo podrán realizar terceras personas siempre y cuando cuenten con una autorización por escrito, debidamente firmada por el interesado.

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b. Un alumno pierde la condición de estudiante regular cuando se ausente de lecciones durante un lapso de 30 días calendario consecutivos, entiéndase que no se presenta ante el profesor a las lecciones del horario establecido.

 

c. Es obligación del estudiante mantener actualizada la información de contacto: dirección exacta, número de teléfono, correo electrónico. En caso contrario, la Sección Técnica Nocturna del CTP de Santa Rosa salvaguarda responsabilidad por la información que no fuera comunicada oportunamente.

 

d. Esto de acuerdo con los artículos 15, 20, 21 y 157 del Reglamento de Evaluación vigente.

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Artículo Décimo séptimo: Seguridad de los estudiantes.

La Sección Técnica Nocturna del C. T. P. Santa Rosa garantiza la seguridad de los estudiantes dentro de la institución, en virtud de lo cual se estipulan las siguientes regulaciones:

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a. Los portones de ingreso serán cerrados 10 minutos después de la hora de ingreso (6:10 de la noche). Serán abiertos en el momento en que un estudiante requiera ingresar o salir al anunciarse con el guarda.

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b. Toda persona particular que desee ingresar a la institución deberá anunciarse con el guarda, firmar el Libro de Visitas a la Institución, en el cual conste la hora de entrada, de salida y el motivo de la visita; posteriormente, este funcionario lo anunciará en la Secretaría, donde se extenderá la autorización de ingreso.  Cuando se trate de una actividad extra curricular deberán contar con el respectivo permiso. Por ningún motivo, se le permitirá a ningún particular deambular por las instalaciones sin el permiso respectivo. 

 

c. Los estudiantes que deseen ingresar su vehículo automotriz a las instalaciones debe anunciarse ante el guarda, para recibir las indicaciones de paqueo y de circulación dentro del campus. Todo vehículo que ingrese a las instalaciones debe reportar artículos de valor, como, por ejemplo, computadoras para que se registren en bitácora. Al salir de las instalaciones el guarda podar solicitar revisión del interior de los vehículos.

 

d. La Dirección, el personal docente, el personal administrativo, el personal administrativo-docente, el personal técnico-docente o la Junta Administrativa del CTP Santa Rosa no se hace responsable por el extravío por descuido de objetos de carácter personal como teléfonos celulares, tabletas, ipad, audífonos, llaves mallas, cargadores, computadoras portátiles, consolas de juego u otras de carácter tecnológico, joyas como aretes, cadenas, anillos, relojes, dijes, carteras, billeteras, calculadoras, cartucheras, bolsos, salveques, zapatos, zapatos deportivos, camisetas o ropa que anden de más; por lo tanto, no le dará trámite a denuncias por este concepto.

 

e. En circunstancias especiales, como sospecha de tenencia, consumo o tráfico de drogas o agresión física, el área administrativa del CTP de Santa Rosa comunicará a las autoridades correspondientes.

 

f. En caso de accidentes o enfermedad repentina, el área administrativa del CTP de Santa Rosa se comunicará con un familiar y las autoridades de emergencias correspondientes.

 

g. No se permite la presencia de estudiantes y particulares con: minifalda, pantaloneta, miniseta, camiseta sin mangas, pantalones rotos y/o cortos y licras.

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 Artículo Décimo octavo: Derechos de los estudiantes.

a. La no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, nivel social, convicciones políticas y religiosas, rendimiento escolar, así como por discapacidades físicas o psíquicas, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

 

b. El respeto a su integridad física, psíquica y moral y a su dignidad personal.

 

c. Solicitar reportes cada período acerca de su ausentismo y rendimiento académico, a los profesores. 

 

d. Ejercer su derecho de defensa, por sí mismo, en cualquier situación, proceso o denuncia que pudiere surgir en su contra.

 

f. Disfrutar en forma responsable de la planta física e instalaciones deportivas y demás servicios que brinda la institución. El respeto por los tiempos de ejecución de las pruebas ordinarias de aula y específicas y las de ampliación.

 

g. Esto en caso de que se retrase el inicio del examen, por razones de fuerza mayor.

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Artículo Décimo noveno: De la justificación de ausencias.

a. Todo estudiante tiene 3 días hábiles después de su reintegro para justificar las ausencias en que haya incurrido a lecciones o cualquier otra actividad debidamente convocada.

 

b. La justificación de ausencias se debe presentar ante el profesor respectivo de forma escrita y aportado los documentos pertinentes, con visto bueno de la dirección, excepto en aquellos casos que las ausencias sean por enfermedad.

 

c. En caso de ausencia por enfermedad, debe aportar justificación respectiva, con comprobante de atención médica, ya sea pública o privada o, en su defecto, dictamen médico. 

 

d. En caso de ausencia por muerte de pariente en 1er o 2do grado de consanguinidad, debe aportar justificación respectiva y fotocopia del Acta de Defunción.

 

e. En caso de ausencia a examen por situaciones especiales quedará a criterio del docente la reprogramación, según el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes vigente.

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Artículo vigésimo: De la aplicación de pruebas escritas.

a. La Dirección comunicará a los estudiantes en un plazo no menor de 8 días naturales las fechas de aplicación de las pruebas, en los que podrá evaluarse la materia vista hasta 8 días naturales antes de su aplicación.

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b. El profesor dará a conocer, por escrito, en un plazo no menor de 8 días naturales los contenidos, objetivos específicos e indicadores que se evaluarán, según la subarea que corresponda.

 

c. Es obligación de todo estudiante presentarse a retirar los promedios trimestrales y el anual, con el fin de que determine su condición de aprobado, aplazado o reprobado (por aplicación del artículo 48). El estudiante en condición de aplazado o reprobado por inasistencia debe firmar el Acta de Aplazados. Si no se presenta en el tiempo establecido por el profesor, y de acuerdo con el reglamento, pierde el derecho de apelación.

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Artículo vigésimo primero: Del uniforme estudiantil.

El uniforme aprobado para la Sección Técnica Nocturna tiene las siguientes especificaciones:

 

a. Pantalón largo, café oscuro, ruedo con doblez hacia adentro, modelo tradicional, de corte recto, dos bolsas laterales de tipo piquete, dos bolsas traseras para los varones; deberán ser de sincatex o frenchs, con pretina de tres a cinco centímetros y zipper al frente. Si el pantalón tiene parales, en el caso de las mujeres, debe utilizar faja café, del mismo tono del pantalón, con hebilla sencilla.

 

b. Enagua café oscuro con cuatro paletones, dos encontrados al frente y dos atrás, pretina de tres a cinco centímetros, el largo a media rodilla, de tela sincatex o frenchs.

 

c. Camiseta tipo polo, color almendra, con la insignia de la institución debidamente bordada en el lado superior izquierdo. El largo debe ser diez centímetros por debajo de la pretina del pantalón o la enagua y debe llevar las iniciales C.T.P.S.R. bordadas en la parte inferior izquierda, arriba de la costura del ruedo.

 

d. Se permite el uso de camiseta blanca sin estampado debajo de la camiseta, las mangas no podrán salirse de las mangas de la camiseta del uniforme; tampoco podrá ser más larga que la del uniforme.

 

e. Zapatos color café oscuro, del mismo color que el pantalón. No se permiten botas, botines, zapatos de charol, tenis o zapatos de tacón angosto.

 

f. Medias color café oscuro, del mismo color que el pantalón, caña baja.

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Artículo vigésimo segundo: Del uniforme distintivo en estudiantil.

En caso de que los alumnos de undécimo año deseen usar un uniforme distintivo cuando cursen el duodécimo, deben solicitarlo por medio de una carta dirigida al director de la Institución, quien iniciará el proceso. La carta debe ser entregada antes del mes de mayo.

El distintivo consistirá en el cambio de la camiseta oficial del CTP Santa Rosa por una que tenga la aprobación de la totalidad de los estudiantes de undécimo año y que cuente con las normas establecidas para tal efecto, según el Consejo de Profesores.

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Extracto del Capitulo I al III del Reglamento de Interno vigente.

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